domingo, 26 de abril de 2009

Análisis de áreas grises

Análisis de áreas grises surgidos en el escándalo de los petroaudios
Definitivamente en este caso el trato sobre lo que es correcto o incorrecto trasciende los límites establecidos la ley. Existen entonces áreas grises, en donde todavía la ley no da solución al problema originado en el debate, siendo un límite al cumplimiento de al menos uno de dos derechos: el derecho a la privacidad y el derecho a la información.
En este sentido, el primer requisito de requerir la orden de un Juez por pedido del Fiscal para poder realizar legalmente una interceptación telefónica ocasionaría los siguientes problemas, relacionados con los límites impuestos a la realización de un derecho (el de información) por la ley.
1.- Corrupción del poder judicial provocaría una investigación ineficiente o irrealizable.

El actual nivel de corrupción dificultaría la eficacia del proceso de interceptación telefónica realizada con fines éticos. Un juez corrupto podría poner en evidencia cualquier intento por realizar ese tipo de investigaciones.

La corrupción definida como la utilización de bienes públicos para intereses privados es uno de los problemas más que afronta nuestro país, en especial en el ámbito del sistema judicial y político. Una de las razones por las cuales existe este problema principal es la dependencia política que tiene este poder del Estado ante el gobierno, ya que este último nombra a los magistrados dependiendo del apoyo que le hayan dado en su campaña electoral. En este sentido será muy difícil darle solución al problema de la corrupción del Poder Judicial si no se logra una separación adecuada de poderes del Estado y además si no se formulan sanciones penales para las actos de corrupción.

2.- Ineficiencia del poder judicial retrazaría la investigación.

El hecho de depender la orden de Juez puede retrasar un plan para investigar un delito. Puede perderse tiempo valioso en formalizar ante la ley un proceso de investigación que incluya la herramienta de la interceptación telefónica. A parte de este límite, existe la ineficiencia propia del personal y autoridades del poder judicial. La incapacidad de un juez o un fiscal puede de hecho una investigación seria y realizada con fines éticos.

El excesivo formalismo, la lentitud y la falta de recursos humanos en el sistema judicial peruano favorecen el atraso de los procesos judiciales, en este marco es muy difícil depender del estado y de las normas para realizar una interceptación telefónica de acuerdo a la ley.

En síntesis, depender de la primera restricción impuesta que consiste en tener la orden de un juez por pedido de un fiscal limitaría un acto ético, que de cometerse seria ilegal además de ético.

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